
Los diputados Ivonne Trujillo Ortiz, Eric Domínguez Vázquez y Augusto Nahúm Álvarez Pellico propusieron una redistribución de lo recaudado por concepto del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios al Consumo de Gasolina y Diésel.
Lo anterior para que en el ejercicio fiscal 2019 se distribuya a los municipios de la siguiente manera: 70 por ciento con base en el factor de distribución del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF) y en 30 por ciento con base en el Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) vigentes en 2018.
Y es que la Ley de Coordinación Fiscal vigente se expidió en el año de 1999 y se previó entonces que la aplicación inmediata de diversos porcentajes provocaría una disminución sensible en los ingresos de la mayoría de los municipios, en razón de la capacidad recaudatoria de los ayuntamientos respecto de distintas contribuciones, que resulta un elemento fundamental para la asignación de recursos, por lo que en los artículos transitorios de la misma se dispuso que esos porcentajes se utilizarían hasta el año 2010 y se establecieron fórmulas sustitutivas de éstos para su aplicación gradual.
Pero en el 2000 año en que se aplicaron las fórmulas sustitutivas, varios municipios registraron reducciones en sus percepciones de participaciones federales, lo que obligó, desde el año 2001, a reformar cada año los artículos tercero y cuarto transitorios de la ley mencionada, para mantener vigentes los factores de distribución de ejercicios anteriores.
Por ello en el 2008, con la finalidad de dar certidumbre a los municipios en cuanto a la distribución de esos recursos, se derogó el artículo cuarto transitorio y se reformó el artículo 15 de la Ley de Coordinación Fiscal, para trasladar a este precepto los referidos factores de distribución, que se contenían en la disposición transitoria derogada, por lo que ahora únicamente es necesario reformar el artículo tercero transitorio de dicho ordenamiento.
